Anuncio de fusión Las Juntas generales extraordinarias de "Europea de Comunicaciones, Sociedad Anónima" y de "Net Machine, Sociedad Limitada" de fecha 30 de abril de 2002, acordaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades de acuerdo con el proyecto de fusión aprobado por sus respectivos Consejos de Administración y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, en los siguientes términos: A) La fusión de las sociedades se efectuará mediante la absorción de "Net Machine, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal por parte de "Europea de Comunicaciones, Sociedad Anónima", sin que proceda efectuar en aquella ninguna ampliación de capital, al ser "Europea de Comunicaciones, Sociedad Anónima" dueña de la totalidad del capital social de "Net Machine, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y no producirse por tanto canje alguno de acciones o participaciones sociales.
B) El patrimonio de "Net Machine, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal se traspasará en bloque, a título universal, a "Europea de Comunicaciones, Sociedad Anónima", quién se hará cargo de todos los bienes, derechos y obligaciones de cualquier tipo, así como de todas las actividades de "Net Machine, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, con disolución sin liquidación de esta última.
C) Se considera y se aprueba como Balance de fusión, el cerrado al día 31 de diciembre de 2001, siendo el 1 de enero de 2002 la fecha, a partir de la cual se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente las operaciones de la sociedad absorbida.
D) No procede modificar los Estatutos de la sociedad absorbente ya que el objeto social de la absorbida es una actividad que forma parte del de la primera. Asimismo, dado que como se ha expuesto, se trata de una fusión por absorción, se mantendrán los Administradores de "Europea de Comunicaciones, Sociedad Anónima", cesando los de "Net Machine, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.
E) No existen acciones ni derechos especiales en las sociedades absorbente o absorbida, no concediéndose ninguna ventaja a los Administradores de la sociedad absorbente, ni a expertos independientes al no haber sido precisa su intervención, conforme a lo establecido por el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se pone en conocimiento de los socios y acreedores de ambas sociedades que pueden obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y el Balance de fusión, así como que los últimos pueden oponerse a la misma, en el plazo de un mes, desde la última publicación de este anuncio y en los términos legales.
Madrid, 10 de mayo de 2002.-Los Secretarios de los Consejos de Administración.-23.139.
y 3.a 30-5-2002.
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