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Documento BORME-C-2001-99128

OPEN CAR MOTOR, S. A. (Sociedad absorbente) CARROCERÍAS ALVI, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 12731 a 12731 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-99128

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales de socios de "Open Car Motor, Sociedad Anónima", y de "Carrocerías Alvi, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas ambas el día 15 de mayo de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad "Carrocerías Alvi, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por la sociedad "Open Car Motor, Sociedad Anónima", adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedó disuelta y extinguida sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 193 del Reglamento del Registro Mercantil, ha sido efectuado el depósito del proyecto de fusión en el Registro Mercantil de Asturias con fecha 25 de abril de 2001.

La fusión se acordó, de conformidad con el citado proyecto, con la aprobación de los respectivos Balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2000, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular de la totalidad del capital social de la absorbida. Haciéndose constar que al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, no se ha producido modificación estatutaria alguna en la absorbente, ni se han reconocido en ella derechos o ventajas de ningún tipo a Administradores o accionistas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

E igualmente, de acuerdo con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión no podrá realizarse antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general.

Durante este plazo, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 17 de mayo de 2001.-El Administrador único de "Open Car Motor, Sociedad Anónima", y "Carrocerías Alvi, Sociedad Limitada", unipersonal.-25.025. y 3.a 25-5-2001.

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