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Documento BORME-C-2001-84065

VERUS PERITACIONES MADRID, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) PLUVIA RECURSOS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria a constituir) VERUS SARETEC ESPAÑA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria a constituir)

Publicado en:
«BORME» núm. 84, páginas 10471 a 10471 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-84065

TEXTO

Se hace público, que en la Junta general extraordinaria de socios de "Verus Peritaciones Madrid, Sociedad Limitada", celebrada, con carácter universal el día 20 de abril de 2001, se adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: Aprobar la escisión total de la sociedad "Verus Peritaciones Madrid, Sociedad Limitada", con división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará a las dos sociedades de nueva creación, cuyas denominaciones respectiva son "Pluvia Recursos, Sociedad Limitada" y "Verus Saretec España, Sociedad Limitada", todo ello mediante la disolución, sin liquidación, de la sociedad escindida.

El capital social de "Pluvia Recursos, Sociedad Limitada", será de 25.000 euros dividido en 1.000 participaciones sociales, de 25 euros de valor nominal cada una, y tendrá una prima de emisión total de 2.434,417559 euros. El capital social de "Verus Sartec España, Sociedad Limitada", será de 49.000 euros, dividido en 1.000 participaciones sociales, de 49 euros de valor nominal cada una, y tendrá una prima de emisión total de 31,71540874 euros.

Han quedado designados y detallados cada uno de los elementos patrimoniales de Activo y Pasivo a traspasar a cada una de las sociedades beneficiarias.

El criterio de reparto entre los socios de "Verus Peritaciones Madrid, Sociedad Limitada", de las participaciones sociales que les corresponden en capital social de las dos sociedades beneficiarias de la escisión, "Pluvia Recursos, Sociedad Limitada" y "Verus Saretec España, Sociedad Limitada", será el de proporcionalidad, recibiendo todos los socios de la sociedad escindida participaciones sociales de las sociedades beneficiarias en idéntica proporción a su participación en la sociedad escindida.

El Balance de escisión es el cerrado a 31 de diciembre de 2000, que ha sido expresamente aprobado en esta Junta, previa inclusión en el orden del día. La escisión tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2001. No existen clases especiales de participaciones ni derechos de otra naturaleza, ni reservas o ventajas al órgano de administración de las sociedades implicadas en la escisión.

Todo ello es conforme con el proyecto de escisión total depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 2 de abril de 2001.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Los acreedores de las sociedades implicadas en la escisión podrán oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos.

Las Rozas de Madrid, 23 de abril de 2001.-Los Administradores solidarios de "Verus Peritaciones Madrid", Ricardo Navas Sánchez y María Antonia Murillo Ramos.-19.510.

1.a 3-5-2001.

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