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Documento BORME-C-2001-72144

SOCIEDAD UNIPERSONAL T F PROYECTOS 1904, S. A. (Sociedad absorbente) Sociedad unipersonal IMPRENTA MODERNA DE LOGROÑO, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 8950 a 8950 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-72144

TEXTO

Los órganos de Administración de ambas sociedades elaboraron y aprobaron un proyecto de fusión por absorción entre las citadas sociedades, que son totalmente participadas con fecha 8 de febrero de 2001, y que ha quedado depositado en los respectivos registros Mercantiles de Logroño y Madrid.

Los socios únicos de ambas sociedades decidieron fusionar ambas sociedades en decisión adoptada el día 15 de marzo de 2001, con disolución y extinción sin liquidación de la absorbida y con transmisión, en bloque, a título universal, de todo su patrimonio social a la absorbente que se subrogará igualmente en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, no procediendo a aumentar el capital social de la absorbente por motivo de la fusión al tratarse de absorción de la sociedad íntegramente participada ni, en consecuencia fijar tipo ni procedimiento de canje de acciones de la sociedad absorbida.

La sociedad absorbente ("T F Proyectos 1904, S. A.", cambiará su denominación por la de la sociedad absorbida, pasando a denominarse "Imprenta Moderna de Logroño, S. A." Los Balances de fusión aprobados de ambas sociedades, están cerrados con fecha 31 de diciembre de 2000. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente es el 1 de enero de 2001.

No se atribuyen derechos especiales en la sociedad absorbente, ni a sus accionistas ni a los Administradores de las sociedades que intervienen en la fusión.

Conforme a lo previsto en los artículos 242 y 243.2 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades afectadas por la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos y plazos previstos en el artículo 166 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid y Logroño, 25 de marzo de 2001.-El representante del socio único de ambas sociedades, Jaime Casanueva Camins.-15.551.

y 3.a 11-4-2001.

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