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Documento BORME-C-2001-60087

NEG MICON, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) TAIM-NEG MICON EÓLICA, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 7391 a 7391 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-60087

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de socio único de las dos sociedades expuestas, válidamente celebradas con el carácter de universales el día 6 de febrero de 2001, acordaron, por unanimidad, la fusión de las mismas mediante la absorción por parte de "NEG Micon, Sociedad Anónima" de la sociedad "TAIM-NEG Micon Eólica, Sociedad Anónima", todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por ser la sociedad absorbente "NEG Micon, Sociedad Anónima", única titular de todas las acciones representativas del capital social de la sociedad absorbida "TAIM-NEG Micon Eólica, Sociedad Anónima", adquiriendo la absorbente la totalidad del patrimonio de la absorbida, que se disuelve sin liquidación, conforme a los Balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2000, y de acuerdo con las menciones del proyecto de fusión de fecha 5 de febrero de 2001, que fue redactado y suscrito por todos los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes y que ha sido presentado y depositado en los Registros Mercantiles de Barcelona y Zaragoza.

Asimismo, se fijó como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, la del 1 de enero de 2001.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto y Balance de fusión.

Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona/Zaragoza, 16 de marzo de 2001.-"NEG Micon, Sociedad Anónima", Felipe García-Mina Cabredo (Secretario del Consejo).-"TAIM-NEG Micon Eólica, Sociedad Anónima", Felipe García-Mina Cabredo (Secretario del Consejo).-13.070. y 3.a 26-3-2001.

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