En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de Sunair Properties Development Inc y de "Mil Novecientos Cincuenta y Uno, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, en el ejercicio de las competencias propias de las Juntas generales extraordinarias y universales de cada una de ellas, acordaron la fusión de las mismas con Southern Sand Investments BV, mediante la absorción de aquéllas por ésta, procediéndose a la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios a la sociedad absorbente, así como la aprobación del proyecto de fusión, y los balances de fusión de cada una de las sociedades absorbidas cerrados al 31 de enero de 2001. Por su parte Southern Sand Investments BV sucedió a título universal a aquéllas en todos sus derechos y obligaciones, cumpliéndose todo lo previsto en la legislación holandesa al respecto, sirviendo de Balance el cerrado a 31 de enero de 2001 Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como del derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores, en el plazo y términos establecidos en los artículos 166 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a partir del último anuncio de fusión.
Madrid, 5 de marzo de 2001.-El Administrador único de Southern Sand Investments BV., Executive Management Trust BV.-El Presidente del Consejo de Administración de Sunair Propierties Development Inc, John H. Metzger.-El Administrador único de "Mil Novecientos Cincuenta y Uno, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, Juan Albo Álvarez.-10.675. 1.a 12-3-2001.
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