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Documento BORME-C-2001-246002

CAMDOR, S. L. (Sociedad absorbente) COMERCIAL AGRÍCOLA DEL FAY, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 33093 a 33093 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-246002

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de "Camdor, Sociedad Limitada" y de "Comercial Agrícola del Fay, Sociedad Limitada", celebradas el día 15 de noviembre de 2001, acordaron, por unanimidad, dar por anulados los anuncios de fechas 2, 3 y 4 de julio de 2001, relativos a los acuerdos de fusión adoptados en Junta general extraordinaria y universal de fecha 20 de junio de 2001 y sustituirlos por el siguiente: Las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de "Camdor, Sociedad Limitada" y de "Comercial Agrícola del Fay, Sociedad Limitada", celebradas el día 15 de noviembre de 2001, acordaron, por unanimidad, la fusión por absorción de "Comercial Agrícola del Fay, Sociedad Limitada (como sociedad absorbida) por "Camdor, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbente), con extinción, por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Asimismo, se aprobó, por unanimidad, aceptar como Balance de fusión, respecto a la absorbida ("Comercial Agrícola del Fay, Sociedad Limitada"), el cerrado a 2 de agosto de 2001 y en cuanto a la entidad absorbente ("Camdor, Sociedad Limitada"), el cerrado a 2 de agosto de 2001 y la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente será el día 1 de enero de 2001.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios, trabajadores y acreedores de ambas compañías de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades fusionadas a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 13 de diciembre de 2001.-La Administradora única de las sociedades fusionadas.-62.164. 2.a 26-12-2001.

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