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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el artículo 75 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas, celebrada con carácter de universal, el 22 de junio de 2001, acordó modificar el objeto social de la compañía, dando al artículo 2.o de los Estatutos sociales la siguiente redacción: "Artículo 2.o Objeto social.-El objeto único de la sociedad, es la realización de operaciones de seguro y reaseguro, en los siguientes ramos: Accidentes; incendios y elementos naturales; otros daños a los bienes; responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles; responsabilidad civil en general; pérdidas pecuniarias diversas; asistencia y defensa jurídica.
La sociedad podrá realizar las actividades de su objeto social en todo el territorio nacional, en los demás Estados miembros del espacio económico europeo y en el extranjero." Madrid, 7 de noviembre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-55.711.
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