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Convocatoria de Junta general extraordinaria de accionistas El Consejo de Administración de la sociedad, con intervención de Letrado-Asesor, en sesión de 26 de octubre de 2001, ha acordado de conformidad con los preceptos legales y estatutarios, convocar Junta general extraordinaria de accionistas, que se celebrará, previsiblemente, en primera convocatoria, en el domicilio social de la compañía, sito en Madrid, paseo de la Castellana, 39, el 29 de noviembre de 2001, a las once horas o, en su caso, el 30 de noviembre de 2001, a las doce horas, en el mismo lugar, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y acordar sobre los asuntos del siguiente Orden del día Primero.-Modificación del artículo 2.o de los Estatutos sociales (objeto social) consistente en ampliar sus actividades a las de Agente de empresas de servicios de inversión, en los términos y dentro del ámbito del Real Decreto 867/2001, de 20 de julio, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión, para la colaboración en la promoción y comercialización de servicios de inversión.
Segundo.-Delegación de facultades.
Tercero.-Ruegos y preguntas.
Cuarto.-Aprobación del acta de la Junta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 144, apartado 1, de la Ley de Sociedades Anónimas, se advierte a los señores accionistas de su derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación estatutaria que se someterá a la aprobación de la Junta y del informe del Consejo de Administración sobre la misma, y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.
Se informa a los señores accionistas que podrán asistir a la Junta todos los accionistas que posean 1.000 o más acciones, siempre que, con al menos cinco días de antelación, dichos accionistas figuren inscritos en el Libro-Registro de Acciones Nominativas, teniendo derecho de voto en la forma que establece el artículo 7.o de los Estatutos.
Para el ejercicio del derecho de asistencia a la Junta y el de voto será lícita la agrupación de acciones.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia, podrá hacerse representar por otra persona, aunque no sea accionista mediante carta de delegación especial para cada Junta, y con sujeción a lo dispuesto en los artículos 106, 107 y 108 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de octubre de 2001.-El Vicesecretario del Consejo de Administración, José María Gil de Santivañes de la Mora.-54.274.
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