Está Vd. en

Documento BORME-C-2001-214042

DRAGER HISPANIA, S. A. (Sociedad parcialmente escindida) DRAGER SAFETY HISPANIA, S. A. (Sociedad de nueva constitución, beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 28374 a 28374 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-214042

TEXTO

Anuncio de escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de "Dräger Hispania, Sociedad Anónima", y "Dräger Safety Hispania, Sociedad Anónima", celebradas el día 24 de octubre de 2001, acordaron por unanimidad la escisión parcial de "Dräger Hispania, Sociedad Anónima", siendo "Dräger Safety Hispania, Sociedad Anónima", sociedad de nueva constitución, la beneficiaria de la escisión parcial.

Los acuerdos de escisión fueron adoptados en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por todos los Administradores de la sociedad, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, correspondiente al del domicilio de la escindida.

En la Junta que acuerda la escisión parcial se tomaron otros acuerdos que se hacen públicos, como son: a) Cambio de denominación de la sociedad escindida "Dräger Hispania, Sociedad Anónima", que en lo sucesivo se denominará "Dräger Medical Hispania, Sociedad Anónima".

b) Reducción de capital social de la primera en la cantidad de 2.404.000 euros, mediante la amortización de 400.000 acciones nominativas, números 600.001 al 1.000.000, ambos inclusive, de 6,01 euros de valor nominal cada una, quedando establecido el capital social en 3.606.000 euros, representado por 600.000 acciones nominativas, de 6,01 euros de valor nominal cada una, números 1 al 600.000, ambos inclusive.

Se hace constar, de conformidad con el citado artículo 242, del derecho que asiste al personal, accionista, socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, y cuantos otros documentos han servido para llevar a cabo la misma, así como el derecho de dichos acreedores de oponerse a la escisión conforme a lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 24 de octubre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración, Felipe Cuesta Cuesta.-54.123. 1.a 7-11-2001.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid