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Documento BORME-C-2001-151096

TURMAN TEMP, S. L. (Sociedad absorbente) AUTOMOBILS DE L'AlT MARESME, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 19431 a 19431 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-151096

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitadas y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de la entidad "Turman Temp, Sociedad Limitada", y del accionista único de la entidad "Automobils de L'Alt Maresme, Sociedad Anónima", unipersonal, celebrada ambas en sus respectivos domicilios sociales, el día 21 de junio de 2001, han aprobado, por unanimidad, la fusión mediante la absorción de "Automobils de L'Alt Maresme, Sociedad Anónima", unipersonal, por "Turman Temp, Sociedad Limitada", y la transmisión en bloque del patrimonio de aquélla a esta última, así como la adquisición por la sociedad absorbente, con sucesión universal de los derechos y obligaciones de la absorbida, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión de fecha 15 de mayo de 2001, firmado por el órgano de administración de cada una de las sociedades intervinientes, que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, de conformidad con el artículo 226 del vigente Reglamento del Registro Mercantil.

Los Balances de fusión aprobados son los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, es el 1 de enero de 2001.

Por tratarse de una fusión de una sociedad íntegramente participada no procede aumento de capital alguno. Tampoco procede canje de acciones.

Los Estatutos sociales de la sociedad absorbente no experimentarán ningún cambio o modificación como consecuencia de la fusión.

Los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptado y de los Balances de fusión conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio del acuerdo de las Juntas generales, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Pineda de Mar, 26 de junio de 2001.-El Consejo de Administración de "Turman Temp, Sociedad Limitada", y los Administradores solidarios de "Automobils de L`Alt Maresme, Sociedad Anónima", unipersonal.-41.684. 2.a 7-8-2001.

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