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Documento BORME-C-2001-151029

E. ERHARDT Y CIA., S. A. (Sociedad parcialmente escindida) ERHAN NEWCO, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 19419 a 19419 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-151029

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de la sociedad "E. Erhardt y Cía., Sociedad Anónima" celebrada el día 30 de junio de 2001, acordó por unanimidad la escisión parcial de esta sociedad, mediante la aportación a la sociedad de nueva creación "Erhan Newco, Sociedad Limitada" de las 306.213 participaciones sociales de la sociedad "Valores Fortuny, Sociedad Limitada" propiedad de "E. Erhardt y Cía., Sociedad Anónima", a cambio de 512.984 participaciones de la sociedad "Erhan Newco, Sociedad Limitada", sociedad beneficiaria de la escisión, de nueva creación.

Que la operación anteriormente descrita conllevará una reducción del capital de "E. Erhardt y Cía., Sociedad Anónima" por el importe del valor en el que tenía contabilizada su participación en "Valores Fortuny, Sociedad Limitada", que además y dentro de la misma operación de escisión, se aprobó una ampliación de capital con cargo a reservas por igual importe al del patrimonio escindido (e idéntico, así mismo, al del capital reducido), con el objeto de mantener indemne la oposición de los socios con respecto a la que actualmente ostentan.

La fecha, a partir de la cual la sociedad de nueva creación tendrá derecho a participar en las ganancias sociales de "Valores Fortuny, Sociedad Limitada" será el 1 de enero de 2001. La fecha, a partir de la cual las operaciones de la sociedad escindida, propias de la parte del patrimonio que se segrega, se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad beneficiaria a la que se traspasa dicho patrimonio, será el 1 de enero de 2001. No se otorgarán en la sociedad beneficiaria derechos especiales ni ventajas de ningún tipo, ni a los socios ni a los Administradores.

Que la Junta aprobó, como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2000.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como a solicitar su entrega o envío gratuito, así como del derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores en el plazo y términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Bilbao, 1 de Agosto de 2001.- El Secretario del Consejo de Administración de "E. Erhardt y Cía., Sociedad Anónima".-42.724. 2.a 7-8-2001.

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