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Documento BORME-C-2001-137022

CLESA, S. A. (Sociedad absorbente) LÁCTEAS DEL ATLÁNTICO, S. A. Sociedad unipersonal NUPROSA, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 17952 a 17952 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-137022

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de "Clesa, Sociedad Anónima", celebrada el día 29 de junio de 2001, ha acordado por unanimidad, y el socio único de las sociedades "Lácteas del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, ha adoptado en decisiones de la misma fecha, la fusión por absorción de las sociedades "Lácteos del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por "Clesa, Sociedad Anónima", con extinción por disolución sin liquidación de aquellas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad "Clesa, Sociedad Anónima", que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, en los términos del proyecto de fusión conjunto y único suscrito por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión el día 16 de abril de 2001, y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 9 de mayo de 2001, en el Registro Mercantil de Pontevedra el 11 de mayo de 2001, y en el Registro Mercantil de Barcelona el 11 de mayo de 2001. Asimismo, la mencionada Junta general de accionistas y el socio único de cada una de las sociedades participantes en la fusión aprobaron el referido proyecto de fusión conjunto y único y los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2001. Siendo "Clesa, Sociedad Anónima", titular del 100 por 100 de las sociedades absorbidas, "Lácteas del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal y "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procedía el canje de acciones, ni aumentar el capital social de la sociedad absorbente, ni ha sido necesaria la elaboración de los informes de Administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de "Lácteas del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de "Clesa, Sociedad Anónima", será la del día 1 de enero de 2001, sin perjuicio de los señalado por la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades. No existen en "Lácteas del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, titulares de derechos especiales distintos de las acciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en "Clesa, Sociedad Anónima". "Clesa, Sociedad Anónima", no atribuirá ningún tipo de ventaja a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio mencionado acuerdo de fusión.

Madrid, 10 de julio de 2001.-Por "Clesa, Sociedad Anónima", sociedad absorbente, Arturo Gil Pérez Andújar, Presidente del Consejo de Administración; por "Nuprosa, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, sociedad absorbida, Arturo Gil Pérez Andújar, Administrador único; por "Lácteos del Moncayo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, sociedad absorbida, Arturo Gil Pérez Andújar, Administrador único, y por "Lácteas del Atlántico, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, sociedad absorbida, Arturo Gil Pérez Andújar, Presidente del Consejo de Administración.-39.307.

1.a 18-7-2001.

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