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Documento BORME-C-2001-136078

SANATORIO VIRGEN DEL MAR-CRISTÓBAL CASTILLO, S. A. (Sociedad absorbente) CENTRO DE MEDICINA NUCLEAR VIRGEN DEL MAR, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 17843 a 17843 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-136078

TEXTO

Fusión Se anuncia que las Juntas generales ordinarias de "Sanatorio Virgen del Mar-Cristóbal Castillo, Sociedad Anónima" y su filial "Centro de Medicina Nuclear Virgen del Mar, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal, celebradas el día 28 de junio de 2001, han adoptado por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobar la fusión, en base al proyecto depositado en el Registro Mercantil de Almería el día 14 de mayo de 2001, entre "Sanatorio Virgen del Mar-Cristóbal Castillo, Sociedad Anónima", como absorbente y su filial íntegramente participada "Centro de Medicina Nuclear, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal, como absorbida. La absorbente adquiere el patrimonio de su filial, que quedará disuelta sin liquidación, de acuerdo con el Balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2000, cuyos activos y pasivos pasan globalmente a la absorbente, quedando ésta subrogada a título universal en todos los derechos y obligaciones de aquella.

No procede aumentar el capital de la absorbente, ni fijar tipo ni procedimiento de canje. Sus Estatutos no sufrirán modificación alguna como consecuencia de la fusión.

Todas las operaciones realizadas por la absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2001, por cuenta de la absorbente.

En la absorbida no existen acciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de las acciones. No existirá ventaja alguna para el Administrador único.

Las Juntas generales han acordado someter la fusión al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VIII, del título VIII, de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre.

El presente anuncio se publica a los efectos de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, advirtiendo a los accionistas y acreedores del derecho que les asiste de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. De acuerdo con los artículos 243.1 y 166 de la referida Ley, los acreedores podrán ejercitar su derecho de oposición en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los presentes acuerdos.

Almería, 5 de julio de 2001.-Enrique Abad Ojeda, Administrador único.-38.255.

2.a 17-7-2001.

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