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Documento BORME-C-2001-136020

CASINO DE ZARAGOZA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 17834 a 17834 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-136020

TEXTO

La Junta general ordinaria y extraordinaria de la sociedad, celebrada el pasado día 29 de junio de 2001 adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos: Reducir el capital de la sociedad en un millón doscientos dos mil quinientos euros (1.202.500,00 euros) (200.079.165 pesetas), a cero euros, a fin de enjugar pérdidas, mediante la amortización de las 2.405 acciones nominativas representativas del capital social, números 1 al 2.405, ambos inclusive, y, simultáneamente, ampliar el capital de la sociedad en un millón doscientos cincuenta mil euros (1.250.000 euros) (207.982.500 pesetas), mediante aportaciones dinerarias, que deberán ser íntegramente desembolsadas y mediante la emisión de 2.500 nuevas acciones nominativas de quinientos euros (500,000000 euros) (83.193 pesetas) de valor nominal cada una de ellas, números 1 al 2.500, ambos inclusive.

El plazo para el ejercicio por los señores accionistas de su derecho de adquisición, preferentemente de las nuevas acciones a emitir, se fija en tres meses, a contar desde el envío de la notificación individual a los accionistas de la oferta de suscripción de nuevas acciones o, en su caso, desde la publicación del acuerdo en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". Transcurrido dicho plazo, las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que hubieran ejercitado su derecho, en proporción a su participación o, si éstos no lo suscribieran a terceros para su suscripción y desembolso por el plazo de diez días. El plazo para el desembolso será de un mes, a contar desde la fecha de obtención de las autorizaciones administrativas que fueran precisas o, de no serlo, desde el final del plazo de suscripción.

En caso de que el aumento acordado no fuera suscrito o desembolsado íntegramente dentro del plazo señalado al efecto, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada, facultándose expresamente al Presidente, Vicepresidente y al Secretario del Consejo de Administración para que cualquiera de ellos, de forma solidaria e indistinta y con toda la amplitud requerida en Derecho, pueda redactar el artículo 5.o de los Estatutos en función del aumento de capital efectivamente desembolsado.

Lo que se anuncia a efectos de lo previstos en el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Zaragoza, 3 de julio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-38.172.

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