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Documento BORME-C-2001-135100

TÚNEL DE TOSES, C. E. S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 17734 a 17734 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-135100

TEXTO

Por acuerdo de la Junta general de accionistas de 1 de junio de 2001, esta sociedad ha reducido su capital social, que ascendía a 625.052,59 euros, en la cantidad de 1.052,59 euros, con la finalidad de redondear el valor nominal de las 15.500 acciones de la serie A de 3,005060522 euros a 3 euros, y de las 96.250 acciones de la serie B de 6,010121044 euros a 6 euros, con incremento de las reservas voluntarias. En consecuencia, la nueva cifra del capital social queda establecida en 624.000 euros.

Esta operación se ha realizado tomando como base el Balance cerrado a 31 de diciembre de 2000, verificado por los Auditores de cuentas de la sociedad y aprobado en virtud del acuerdo primero adoptado por la Junta general de accionistas de 1 de junio de 2001.

La reducción de capital se ha realizado íntegramente con cargo a reservas de libre disposición de la sociedad, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 167.3.o de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de la sociedad no gozarán de derecho de oposición a la reducción. Asímismo, se ha dotado la reserva a que se refiere el citado artículo con el importe de la disminución del valor nominal de las acciones, en los términos y condiciones legalmente previstos.

Como consecuencia de la reducción de capital mediante la disminución del valor nominal de las acciones, se ha acordado dar nueva redacción a los artículos 6 y 23 de los Estatutos sociales, que, a partir de esta fecha, tendrán la siguiente: Artículo 6.-El capital social es de seiscientos veinticuatro mil (624.000) euros, representado por 15.500 acciones ordinarias, numeradas correlativamente del número 1 al 15.500, ambos inclusive, al portador, serie A, de 3 euros de valor nominal cada una y 96.250 acciones ordinarias, numeradas correlativamente del número 1 al 96.250, ambos inclusive, al portador, serie B, de 6 euros de valor nominal cada una, totalmente desembolsadas.

Artículo 23.-Los acuerdos de la Junta se adoptarán por mayoría, salvo los supuestos a que se refiere el párrafo segundo, del artículo 17, de estos Estatutos y aquellos supuestos en que la Ley establezca mayorías cualificadas. Cada euro da derecho a un voto. Por tanto cada acción de la serie A da derecho a tres votos y cada acción de la serie B da derecho a seis votos.

Barcelona, 15 de junio de 2001.-Un Administrador, Jordi Molins Amat.-38.276.

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