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Documento BORME-C-2001-116091

PROMOTORA OLESANA DE VIVIENDAS POPULARES, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 15484 a 15484 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-116091

TEXTO

Se comunica que la Junta general extraordinaria de la compañía "Promotora Olesana de Viviendas Populares, Sociedad Anónima", en liquidación, reunida en segunda convocatoria en Olesa de Montserrat, el día 6 de junio de 2001, acordó, con los requisitos y mayorías establecidos para la modificación de los Estatutos sociales, la reactivación de dicha compañía por remoción de las causas que motivaron su disolución, cese de Liquidadores, transformación en sociedad de responsabilidad límitada, Aprobación de los nuevos Estatutos de la sociedad, y nombramiento de Administradores solidarios de la compañía. La totalidad de los Acuerdos anteriormente expresados, fueron aprobados por los señores socios por unanimidad.

No obstante, se manifiesta conforme el artículo 95 LSRL, el derecho que asiste a los socios de separarse de la Sociedad, en los términos señalados en los artículos 95 y 97 del citado legal. Es de manifestar que no se había comenzado al pago de la cuota de liquidación a los socios de la Compañía.

Por remisión de las normas de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Límitada, relativas a la reactivación, los acreedores sociales podrán oponerse al acuerdo de reactivación, en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos en la Ley para el caso de fusión, esto es, conforme lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación al artículo 166 de la citada Ley, esto es, que se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición al acuerdo de reactivación aprobado por unanimidad, y que asiste a los acreedores, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos adoptados en la citada Junta general extraordinaria, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Olesa de Montserrat, 6 de junio de 2001.-Los Administradores solidarios de la compañía.-34.456.

1.a 19-6-2001.

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