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Aportación no dineraria de rama de actividad La sociedad ha acordado la aportación de la sección de fabricación de ruedas de su fábrica de Aranda de Duero como rama autónoma de actividad a una sociedad que debe constituir al efecto, acogiendo la operación al Régimen Fiscal Especial regulado en el título VIII, capítulo VIII, de la Ley del Impuestos sobre Sociedades y disposiciones afines.
Lo que se hace publicar a fin del ejercicio por los acreedores de la sociedad de los derechos que puedan corresponderles.
Madrid, 28 de mayo de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración, Andrés Ojea Barros.-27.808.
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