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Documento BOE-B-2020-47015

Extracto de la Resolución de 4 de diciembre de 2020 de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se realiza la Segunda Convocatoria de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología eólica situadas en Canarias cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER

Publicado en:
«BOE» núm. 325, de 14 de diciembre de 2020, páginas 62227 a 62229 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-47015

TEXTO

BDNS(Identif.):537898

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/537898)

Primero. Beneficiarios:

1. Las personas jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras y con lo regulado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico en relación con los productores de energía eléctrica.

2. No podrán obtener la condición de beneficiario:

Las personas jurídicas en quienes concurra algunas de las circunstancias que prohíben el acceso a dicha condición, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Las personas jurídicas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente como consecuencia de una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.

Las personas jurídicas que sean consideradas como empresas en crisis según lo definido en las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).

Segundo. Finalidad:

Avanzar en el cumplimiento de los objetivos vinculantes establecidos en la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, del objetivo climático de la completa descarbonización de la economía para el año 2050, tal y como establece la Unión Europea, así como los objetivos establecidos en la posterior Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Por ello, se considera conveniente la puesta en marcha de instalaciones eólicas que contribuyan a la diversificación de las fuentes de energía primaria, a la reducción de la dependencia energética y a la reducción de emisiones de CO2, especialmente en ámbitos geográficos como son los territorios insulares. En concreto, esta convocatoria está destinada al desarrollo de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica situadas en Canarias. Todo ello, en el marco de las actuaciones de Economía Baja en Carbono dentro del Programa Operativo Plurirregional de España para el periodo 2014-2020 (POPE), objetivo temático 4 (OT4), en iniciativas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre del Ministerio para la Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER (B.O.E. número 310 del martes 25 de diciembre de 2018).

Cuarto. Importe:

La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en esta convocatoria es de 54.364.448 euros, del presupuesto del IDAE.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día hábil siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE y finalizará a las 12:00 horas de Canarias (13:00 horas peninsulares) de la fecha en que se cumplan tres (3) meses computados desde el día natural siguiente a la publicación de dicho extracto de convocatoria en el BOE.

Sexto. Otros datos:

1. Las instalaciones eólicas en Canarias tendrán una potencia instalada superior o igual a 700 kW y deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 31 de diciembre de 2022.

2. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria.

3. La resolución de concesión de la ayuda especificará el importe de la ayuda total concedida, expresado en €, que no podrá superar el límite de 15 millones de euros por empresa por proyecto, en virtud de lo establecido en los apartados 1.s y 2 del artículo 4 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio 2014.

4. Las ayudas reguladas en esta convocatoria son incompatibles con otras ayudas que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales. Así mismo, son incompatibles con la percepción del Régimen Retributivo Específico regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.

5. Los proyectos seleccionados en esta convocatoria serán cofinanciados con Fondos Comunitarios FEDER, con cargo al presupuesto destinado al Eje 4, Economía Baja en Carbono, del Programa Operativo Plurirregional de España para el periodo 2014-2020 (POPE). A estos efectos, se reconoce la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control incluidos en los Programas Operativos e instrumentos aplicables a dicho Fondo FEDER, así como las normas específicas relativas a la información y publicidad, criterios de selección de operaciones, etc., cuya aplicación sea de obligado cumplimiento. El cumplimiento de dichas normas será verificado por el IDAE como Organismo Intermedio designado responsable de la gestión del Objetivo Temático 4 "Economía Baja en Carbono" dentro del Programa Operativo Plurirregional de España.

6. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://www.idae.es), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Madrid, 4 de diciembre de 2020.- Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Joan Groizard Payeras, por delegación del Consejo de Administración en su sesión extraordinaria número 304 de fecha 2 de diciembre de 2020.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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