El Consejo de Administración de la APBA, en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.5 s) y 26.1.l) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de Septiembre, acordó el otorgamiento de la siguiente licencia para la prestación del servicio portuario de practicaje, lo que se hace público de conformidad con lo previsto en el artículo 115.3 del citado TRLPEMM:
. Resolución de la Presidencia de 8 de septiembre de 2020:
. Servicio portuario: Practicaje.
. Licenciatario: PRÁCTICOS DE TARIFA, S.L.P.
. Ámbito: Puerto de Tarifa.
. Plazo: 10 años desde su otorgamiento Algeciras, octubre de 2020.
Algeciras, 3 de octubre de 2020.- Presidente, Gerardo Landaluce Calleja.
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