BDNS(Identif.):517810
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517810)
Primero. Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones, las librerías independientes que en el momento de la publicación de esta convocatoria, reúnan los siguientes requisitos:
a) Requisitos administrativos:
Tengan como actividad principal la venta de libros,
Dispongan de un establecimiento físico, abierto al público general.
b) Requisitos técnicos:
Tener físicamente en el establecimiento, a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en dicha materia concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500.
Segundo. Objeto
Mediante la presente Resolución se convoca para el año 2020, con carácter excepcional y por una sola vez, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva orientadas a financiar proyectos de adaptación estructural y de mantenimiento del negocio de las librerías independientes para paliar aquellas situaciones que de manera indubitada deriven de la emergencia provocada por el COVID-19.
Dichos proyectos podrán abarcar, entre otros:
a. Realización de obras y adaptación física de los establecimientos a las nuevas circunstancias dadas por la crisis sanitaria, incluidas las que deban llevarse a cabo con el fin de cumplir la normativa de accesibilidad y seguridad.
b. Adaptación de la prestación del servicio al cliente a las condiciones de seguridad sanitaria.
c. Renovación tecnológica de las entidades que les permita llevar a cabo la venta on-line de forma normalizada y competitiva, mejorar la relación electrónica con la Administración, y el desarrollo normal del teletrabajo
Tercero. Bases reguladoras
Esta ayuda se establece al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del Covid-2019, publicado en el BOE número 126, con fecha de 6 de mayo de 2020.
Cuarto. Cuantía
El pago de estas ayudas se efectuará con cargo al crédito extraordinario concedido al Ministerio de Cultura y Deporte por importe de 4.000.000 euros en la aplicación presupuestaria 24.03.334B.777 "Ayudas al mantenimiento de la estructura del sector librero y adaptación de las librerías como consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19".
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicos o privados para el mismo proyecto, siempre que la suma de todas las ayudas, junto con la financiación con recursos e ingresos propios, no supere el coste total del proyecto.
Los posibles rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a los beneficiarios incrementarán el importe de la subvención concedida y se aplicarán igualmente al proyecto subvencionado.
Madrid, 27 de julio de 2020.- La Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, Maria José Gálvez Salvador.
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