Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Marcos Sainz-Pardo Auñon mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2019/001692.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Marcos Sainz-Pardo Auñon, don Miguel Cascales Miralles, doña Carmen Gómez Calixto, don Jose María López Ñíguez y doña Carmen María Mari Pastor, todos ellos en calidad de promotores.
El domicilio queda fijado en el artículo 7 de los estatutos, su ámbito territorial es el Estado español y el funcional es el establecido en el artículo 2.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 8 de octubre de 2019, El Director General P.D. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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