Edicto
D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrada del Jdo. Mercantil 2 de Murcia, por el presente
Hago saber: Que, conforme al auto de fecha 17/07/2019, dictado por el Magistrado-Juez D. Francisco Cano Marco, se ha acordado:
1.- Homologar el acuerdo de refinanciación alcanzado en fecha 30 de abril de 2019 por SAMAFRU, S.A., con las siguientes entidades financieras: Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito; Banco Santander, S.A.; Bankia, S.A.; Ibercaja Banco, S.A.U.; Banco de Sabadell, S.A.; Banco Bilbao Argentaria, S.A.; Bankinter, S.A.; Novobanco, S.A., sucursal en España; Caja Rural Central, S.Coop. de Crédito; Caixabank, S.A.; Abanca Corporación Bancaria, S.A.; Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española, y Targobank, S.A., que obra en autos 309/2019.
2.- Acordar la paralización de las ejecuciones singulares que, en su caso, hubieran sido iniciadas por las entidades afectadas por el presente acuerdo de refinanciación y la prohibición de su inició hasta la fecha final del vencimiento de la deuda.
3.- Declarar que no podrá ser objeto de rescisión este Acuerdo de refinanciación
4.- Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad al mismo podrán impugnar dicha resolución en el plazo de quince días siguientes a la publicación.
5.- En caso de no cumplir el deudor los términos del acuerdo de refinanciación, cualquier acreedor, adherido o no al mismo, podrá solicitar, ante este juzgado, la declaración de su incumplimiento, a través de un procedimiento equivalente al incidente concursal.
Murcia, 18 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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