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Documento BOE-B-2018-18650

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 24 de marzo de 2018, páginas 24643 a 24644 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-18650

TEXTO

Dª Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita CONCURSO ABREVIADO 375 /2017, seguido a instancias de PEÑA SOCIEDAD TEXTIL, S.A., en el que, por Auto de fecha 19/03/18, se ha acordado:

1.- Declarar en concurso a la mercantil PEÑA SOCIEDAD TEXTIL, S.A., con CIF A13009386, con domicilio social en Almagro, calle San Diego nº 24, inscrita en el registro mercantil de Ciudad Real, Tomo 63, Folio 70, hoja CR-1679, inscripción 1ª, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual, retrotrayendo los efectos de la declaración del concurso a la fecha en la cual fue presentada solicitud de inicio de negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación y/o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, esto es, a fecha de 22/02/2017.

2.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario, sustanciándose por los trámites del procedimiento concursal abreviado.

3.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Ello, sin perjuicio de la posibilidad de acordar la suspensión en caso de variación de las circunstancias y concurrencia de los requisitos establecidos en el art.40.3 y 4 LC.

4.- La administración concursal estará integrada por la economista doña BELÉN CAÑELLAS GARCÍA, con domicilio en Ronda de la Buganvilla del Rey nº 111, 28023 Madrid, e-mail belencanellas@gmail.com, y fax 913079493.

5.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.1.5º, 84 y 85 de la L.C., en su redacción dada por la Ley 38/2011, a todos los acreedores del/de la concursado/a para que, en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, ello por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos que podrá presentarse en el domicilio designado al efecto por la Administración Concursal en esta localidad, remitirse a dicho domicilio o también efectuarse por medios electrónicos a la dirección facilitada a tales efectos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y, caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de copia, que podrá ser en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada. La Administración Concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada.

6.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

7.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta.

Ciudad Real, 21 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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