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Documento BOE-B-2017-61975

SALAMANCA

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2017, páginas 76743 a 76743 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-61975

TEXTO

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 554/16 referente al deudor GUILLERMO DÍAZ SÁNCHEZ, con D.N.I. n.º 08.113.598-A, se ha dictado Auto con fecha 13 de octubre de 2017 que aclara el Auto dictado el 20 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

Aclarar el Auto n.º 251/17 dictado con fecha 20 de Septiembre de 2017, en los siguientes términos:

- Suprimir el párrafo 2 del Fundamento de Derecho Quinto que dice:

"Además, debe indicarse que, en todo caso, los acreedores tienen enteramente abierta a partir de este momento, la posibilidad del ejercicio de las acciones civiles que en derecho procedan."

Quedando el resto de pronunciamientos que contiene el citado Fundamento Quinto, y que en este lugar se dan por reproducidos.

Asimismo se aclara la parte dispositiva, en los siguientes términos:

- Suprimir el párrafo 4º de la parte dispositiva que dice: "4.- Quedar responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso."

- Añadir el párrafo 4º en la parte dispositiva que dice: "4.- Los acreedores cuyos créditos se extingan no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente al deudor para el cobro de los mismo."

Salamanca, 18 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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