D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero.- Que en el procedimiento concursal abreviado número 367/2013-A se ha dictado en fecha 11-10-2017 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Inmobiliaria Peñaflor, S.A., CIF A50208461.
Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.- Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 11 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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