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Documento BOE-B-2016-9566

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2016, páginas 11903 a 11903 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-9566

TEXTO

Dña. María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 15/16 (N.I.G. 33044 47 1 2016 0000014), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 11 de febrero de 2016, auto, que no es firme, Declarando en concurso Voluntario Abreviado al deudor POLICLÍNICAS SIERO, S.L. (C.I.F: B-74342411), con domicilio sito en c/ Pacita Vigil "La Guaxa" número 3, bajo, 33510 de Siero.

2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a D. Miguel Gómez Gordillo, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: c/ Matemático Pedrayes, n.º 22, 4.º C 33005 de Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: concursopoliclinicasiero@gomezgordillo.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno y u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 3 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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