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Documento BOE-B-2016-64465

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 16 de diciembre de 2016, páginas 78861 a 78862 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-64465

TEXTO

D.ª YOLANDA GIMÉNEZ PONCE, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Valencia,

Hago saber: que en el procedimiento Concurso de Acreedores n.º 372/2016 de MARIA SHEILA RODRÍGUEZ DIANA con DNI 24.350.689Z y EMILIO JOSÉ ÁBALOS ATIENZA con DNI 24.347.340T. se ha dictado Auto de fecha 06.09.16 se ha declarado el concurso por la Magistrada.

D.ª MARÍA ASUNCIÓN SOLIS GARCÍA DEL POZO, cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro a los deudores D. Emilio José Ábalos Atienza y D.ª María Sheila Rodríguez Diana, ambos con domicilio en Valencia, C/ Fray Pedro Vives, n.º 7, 4, 8.ª, en situación de concurso consecutivo y, asimismo, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa con todos los efectos que ello conlleve. En concreto:

1. Nombrar administrador concursal a D. Antonio García Darias, Abogado, con domicilio en Valencia, C/ Moratín, n.º 14, 9, D.

La persona designada a de aceptar el cargo dentro de los cincos días siguientes a la comunicación de este auto.

Por otra parte, se le requiere para que en el acto de aceptación de su cargo, acredite la vigencia del contrato de seguro o una garantía equivalente en los términos del art. 6 del Real Decreto 1333/12, de 21 de septiembre. En concreto mediante exhibición del original de la póliza y del recibo de la prima correspondiente al período del seguro en curso, o del certificado de cobertura expedido por la entidad aseguradora. A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el mencionado artículo deberá aportar, asimismo, copia de los cita dos documentos originales para testimoniarlas y unirlas a las actuaciones de la sección 2.ª

De conformidad con el Art. 7 del mencionado Real Decreto, deberá acreditar las sucesivas renovaciones del seguro en idéntica forma. Se le hace saber que la infracción del deber de acreditar la renovación del seguro será causa justa de separación del cargo.

Asimismo, deberá comparecer ante la oficina judicial de este Juzgado para notificarse de las resoluciones, sin perjuicio de notificarse por correo electrónico o fax cuando proceda.

2. Se ordena anunciar la declaración y conclusión del concurso por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LEC, de la LEC, en el Boletín Oficial Juzgado y en la web concursal.

3. Se acuerda librar mandamiento a l Registro civil para inscribir la presente declaración de concurso y su conclusión en el folio registral de los concursados.

4. Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en que se tramitará la sección Primera del concurso.

5. Remítase oficio al Juzgado Decano de Valencia al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1.ª Instancia la declaración y conclusión de este concurso. Remítase también comunicación a los Juzgados Mercantiles de Valencia.

6. Notifíquese esta resolución a los deudores.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de apelación en el plazo de veinte días, desde la notificación de esta resolución, ante este tribunal

Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.

El/La Juez/Magistrado. El/La Letrado A. Justicia.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados/acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, es D. ANTONIO GARCÍA DARIAS, con DNI 24343113M, con domicilio profesional en la Calle Moratín, n.º 14, 9.º, D, Valencia, con número de teléfono/fax 963525392, correo garciadarias@icav.es.

Valencia, 16 de noviembre de 2016.- La Letrado A. Justicia.

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