Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000437 /2008 del deudor José Jiménez Celdrán, se ha dictado el día 22 de diciembre de 2015 auto de conclusión.
La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:
"Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de José Jiménez Celdrán, con DNI 27.452.971-X, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los artículos 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3.- Librar testimonio de la presente, llevando el orginal al libro de resoluciones que corresponda.
4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.
5.-Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe."
Murcia, 27 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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