El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 2068/15, incidente concursal 222/12, referente al deudor Construcciones y Promociones Vegalter, S.L., por Auto de fecha 5 de septiembre de 2016 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Construcciones y Promociones Vegalter, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el nº 222/12. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Construcciones y Promociones Vegalter, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 8 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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