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Documento BOE-B-2016-44626

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24 de septiembre de 2016, páginas 55261 a 55261 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-44626

TEXTO

D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente,

Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número de Concurso 364/2013, se ha dictado en fecha 02-06-2.014 Sentencia de conclusión con el siguiente literal;

Que desestimando la demanda incidental interpuesta por APODIS WORLD, S.L., representado por el Procurador ARJONA RAMÍREZ, y no constando existencia de bienes y derechos propiedad de APODIS WORLD, S.L., para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a APODIS WORLD, S.L., acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción el los oportunos Registros Públicos.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Murcia, 12 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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