Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 545/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Salvador Solé Navarro y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de Asunto: Concurso voluntario 545/2016 Sección C4.
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2016-8004574.
Entidad concursada: Salvador Solé Navarro, con CIF n.º 35013404K.
Tipo de concurso: Consecutivo.
Fecha del auto de declaración: 07/07/2016.
Administrador/es concursal/es: Joan Haro Benavente, con dirección postal C/ Muntaner, 231, 1.º, 2.ª B, 08021, correo electrónico concursosole@compasadvisers.eu y teléfono 931128127.
Facultades del concursado: Intervenidas.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC: los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 29 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia en sustitución.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid