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Documento BOE-B-2016-43609

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2016, páginas 54022 a 54022 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-43609

TEXTO

D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000251/2016 se ha dictado en fecha 14 de julio de 2016 AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO voluntario del deudor ALBARENOTECA RESTAURACIÓN, S.L., con CIF B 27.747.419, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Hispanidad, nº 89, bajo, Vigo

2º.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3º.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

4º.- Se declara disuelta la entidad ALBARENOTECA RESTAURACIÓN, S.L., con CIF B 27.747.419.

5º.- Se ha designado, como administración concursal a la economista Dª MAR ARGIBAY GONZÁLEZ, con DNI 36.068.671W, con domicilio en la Plaza de la Independencia, 2, 1º D, 36211 Vigo, y dirección electrónica señalada: albarenoteca@ofinemu.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

6º.-Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberían efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a ( articulo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 14 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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