Visto el informe técnico emitido por el Arquitecto Técnico Municipal de 04 de agosto de 2016 sobre la paralización inmediata del proceso de licitación iniciado de "Gestión de servicios públicos para la recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos (fracción resto y orgánica), selectiva (envase ligero y papel cartón), la limpieza viaria y de playas, limpieza de caminos y senderos, limpieza de barrancos y limpieza de instalaciones del municipio de Candelaria, bajo la modalidad de concesión", hasta que se proceda a revisar exhaustivamente todas y cada una de las tablas y su contenido, y visto lo informado por el Secretario General que al tratarse de errrores en el pliego de prescripciones técnicas particulares no subsanables porque afectan al gasto total del contrato, es de aplicación lo establecido en el art. 155.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Pleno del Ayuntamiento de Candelaria, en sesión extraordinaria, celebrada el día 12 de agosto de 2016, ha acordado:
Primero.- El desestimiento del expediente de contratación, mediante procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la gestión del servicio público de recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos (fracción resto y orgánica), selectiva (envase ligero y papel y cartón), la limpieza viaria y de playas, limpieza de instalaciones del municipio de Candelaria, mediante la modalidad de concesión, convocando su licitación que fue aprobado en el pleno de 29 de junio de 2016.
Segundo.- Que se elaboren nuevamente el PPTP por la Oficina Técnica Municipal que deberán contar con la supervisión o colaboración de un funcionario del Cabildo Insular de Tenerife o de la Comunidad Autónoma y hasta que no se le de el visto bueno por una Administración Pública superior que cuenta con técnicos especialistas en la materia no se reinicie el expediente por el Pleno Municipal.
Tercero.- Ninguna persona física o jurídica privada externa podrá tener intervención en toda la documentación y selección y licitación del expediente sino que sólo será tramitado por los empleados públicos municipales o supramunicipales en colaboración administrativa.
Candelaria, 16 de agosto de 2016.- La Alcaldesa-Presidenta.
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