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Documento BOE-B-2016-36981

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 2 de agosto de 2016, páginas 45569 a 45569 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-36981

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 225/2016, con NIG 1808742M20160000311 por auto de 31/05/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor El Veleta Telecomunicaciones, Informática y Electrónica, S.L., con CIF B18830307 y domicilio en c/ Zacatín, n.º 1-2.º b, 18140 La Zubia (Granada).

2.º El deudor El Veleta Telecomunicaciones, Informática y Electrónica, S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Romero & Borrello Administración Concursal y Mediación, S.L.P. con CIF B-19554468 y domicilio en c/ José Tamayo, n.º 12, 1.º B, 18008 Granada y dirección electrónica: carlosm@carlosabogados.com

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de LC, designa como persona natural que la representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a: D. Carlos Miguel Romero Gómez con DNI 24.222.169-H, profesión Abogado y domicilio en c/ Periodista Manuel Santaella, n.º 5 bajo, puerta e, 18008 Granada.

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 14 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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