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Documento BOE-B-2016-21154

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2016, páginas 26275 a 26275 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-21154

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el expediente de jurisdicción voluntaria número 90/16, con NIG 1402142M20160000086 por resolución de 15/03/16 se ha acordado lo siguiente:

Incoar expediente de jurisdicción voluntaria a fin de autorizar a don José Luis Gómez Jiménez, el cobro del importe de los títulos 224735 a 224746 depositados en papel fianza de la Secretaría General Provincial, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía en Córdoba y que constituía la fianza nº 94974/1994 relativa al contrato de arrendamiento del inmueble sito en carretera de Trassierra, Km. 2700 de Córdoba por importe de 3.606,07 euros.

Anunciar mediante edictos la incoación del presente expediente en el BOE y en el diario Córdoba de esta capital.

Señalar para la celebración de la comparecencia prevista en el artículo 135 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria el día 2 de junio de 2016 a las 11:30 horas.

A las partes citadas y a aquellos que a consecuencia de los edictos acrediten interés legítimo para comparecer se les hace saber que:

1.- Si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en los 5 días siguientes a su citación -sea personal sea mediante la publicación de los edictos- y no se hará contencioso el expediente, ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea. Del escrito de oposición se dará traslado a la parte solicitante inmediatamente (17.3 LJVOL).

2.- Los interesados deberán acudir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (17.3 LJVOL).

3.- Si el solicitante no asistiere a la comparecencia, el Secretario Judicial acordará el archivo del expediente, teniéndole por desistido del mismo. Si no asistiese alguno de los demás citados, se celebrará el acto y continuará el expediente, sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (18.1.1.º LJVOL).

4.- Que en cuanto fueran de aplicación a este expediente por la naturaleza de los títulos cuya reconstrucción se solicita serán de aplicación las reglas establecidas en los apartados 4 a 9 del artículo 135 de la LJVOL.

Comunicar la incoación del presente expediente a la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

Córdoba, 27 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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