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Documento BOE-B-2016-2010

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 25 de enero de 2016, páginas 2662 a 2663 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-2010

TEXTO

EDICTO

D. Fernando Santiso Vázquez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber: Que en este órgano Judicial se tramita la Sección I Declaración de concurso nº 251/10-C seguido a instancias de la procuradora Dña. María del Carmen Camba Méndez, sobre concurso voluntario Abreviado de la entidad concursada INVERSIONES DOMINIC, S.L., con CIF B-70072012, en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 20 de julio de 2015, que se reproduce en extracto:

AUTO

A Coruña a veinte de julio de dos mil quince

HECHOS

UNICO.- El administrador concursal del concurso voluntario abreviado de la entidad INVERSIONES DOMINIC, S.L. (autos nº 251/2010-C), D. Javier Sanz Fernández, presentó el pasado 23 de diciembre de 2014 escrito de comunicación de la insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa, conforme a lo establecido en el artículo 176 bis de la ley concursal, dictándose a continuación diligencia de ordenación en la que se puso de manifiesto a los acreedores su comunicación y solicitud.

Mediante el mismo escrito dio cuenta el administrador de la imposibilidad de hacer frente al pago de cantidad alguna por carecer absolutamente de bienes la concursada y solicito la conclusión del concurso indicando que n existen, a su juicio, acciones de responsabilidad o de reintegración pendientes.

Puestos de manifiesto el informe sobre conclusión del concurso y la rendición de cuentas final a las partes personadas no se formuló oposición alguna dentro del plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados.

El concurso fue declarado fortuito por sentencia de 8 de octubre de 2012.

DISPONGO

La conclusión y archivo del proceso concursal voluntario de la deudora INVERSIONES DOMINIC SL (Autos n 251/2010-C), domiciliada Culleredo, A Coruña, Centro Logístico de Transportes, parcela 134-B, CIF B-70.072.012, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al Tomo 3142 del Archivo, Sección General, Folio 1, Hoja C-39.858, inscripción 1ª, por insuficiencia de masa activa.

Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto una vez firme.

Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesara en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.

Contra este Auto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Marcos A. López Suárez, Juez sustituto en funciones de refuerzo del juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña. Doy Fe.

A Coruña, 31 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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