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Documento BOE-B-2016-14188

Anuncio de la Resolución de 31 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, durante cinco campañas.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2016, páginas 17721 a 17726 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2016-14188

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, en su Asamblea General celebrada el 28 de enero de 2016, cuyo texto literal, según certificación aportada, figura en el Anexo I.

El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el Anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo I

"Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción de los productos ibéricos, apoyo a la I+D+I, obtención de datos del sector y para la mejora de la trazabilidad y la calidad de las producciones de ibérico y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad, durante cinco años.

En la reunión de la Asamblea General de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, válidamente convocada y constituida según establece en su normativa estatutaria, el día 28 de enero de 2016, se tomó el acuerdo siguiente por mayoría del 96,675% de los votos.

Objeto de la extensión de norma.

ASICI solicita esta extensión de norma para alcanzar los objetivos siguientes:

- La Promoción de los productos ibéricos.

- Apoyo a la I+D+i y estudios en el sector ibérico.

- Obtención de datos del sector ibérico.

- La mejora de la trazabilidad y la calidad de los productos ibéricos y coadyuvar el cumplimiento de la Norma de Calidad de Ibérico.

- Gestión óptima de la implantación, el seguimiento y control de la extensión de norma.

Para conseguir estos objetivos se desarrollarán las siguientes acciones:

. Información y promoción, nacional e internacional, de productos del cerdo ibérico.

. Mantenimiento de un sistema de vigilancia e información sectorial.

. Apoyo y promoción de programas de investigación, innovación tecnológica y estudios en el sector.

. Mantenimiento, desarrollo y mejora del sistema informático del sector (TRIP, Web ÍTACA y otros sistemas de trazabilidad), que soporta la información de los operadores y establece o contribuye a la trazabilidad de la cadena. El eje vertebrador de la acción de ASICI gira en torno a la gestión de la identificación de los animales con crotales y de los jamones y paletas con precintos, así como la verificación de la información registrada en ITACA y su mantenimiento hasta los puntos de venta.

. Establecer un sistema para la gestión y el control del cumplimiento de la extensión de norma.

Propuesta de actuación para la extensión de norma.

Periodo de vigencia.

Se acuerda solicitar la extensión de norma y la aportación económica obligatoria para las cinco campañas siguientes a la entrada en vigor de la orden Ministerial correspondiente. Se entiende por campaña, el periodo que va desde el 01 septiembre de un año hasta el 31 de agosto del año siguiente. La aportación económica obligatoria tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2021.

Aportaciones económicas: cuotas, bases de aplicación y destino.

La aportación económica total para cada campaña será de cincuenta céntimos de euro. Dicha aportación se compone de dos tramos, y se aplicarán: 1) el primero, de treinta céntimos de euro, a todos los cerdos sacrificados como ibéricos, y 2) el segundo, solamente a las canales que cumplan los pesos mínimos establecidos en la Norma de Calidad.

Se entiende por cerdo sacrificado como ibérico, a los efectos de la presente extensión de norma, todo aquel cerdo que disponga de un documento con la información referente a su Raza, Edad y Alimentación (o Informe REA) emitido por alguna de las Entidades habilitadas para ello en el marco de la Norma de Calidad del Ibérico.

1. El primer tramo de la aportación económica total, para cada campaña, será de treinta céntimos de euro por cada cerdo sacrificado como ibérico. Cada rama profesional aportará el 50% de dicha cuota.

Septiembre-Agosto

Aportación Productor (euros/cerdo)

Aportación Industria consignataria (euros/cerdo)

2016-2017

0,15

0,15

2017-2018

0,15

0,15

2018-2019

0,15

0,15

2019-2020

0,15

0,15

2020-2021

0,15

0,15

En este primer tramo, la "cuota de producción" será de 15 céntimos de euros y la "cuota de elaboración" de otros 15 céntimos de euro y se aplicarán a todos los cerdos sacrificados como ibéricos cuyos jamones y paletas opten a la identificación con los precintos que establece el RD 4/2014, precintos de Norma de Calidad y/o precintos de las Denominaciones de Origen.

2. El segundo tramo de la aportación económica total, para cada campaña, será de veinte céntimos de euro por canal de cerdo sacrificado como ibérico que cumpla lo previsto en el párrafo siguiente. Cada rama profesional aportará el 50% de dicha cuota.

Septiembre-Agosto

Aportación Productor (euros/canal)

Aportación Industria consignataria (euros/canal)

2016-2017

0,10

0,10

2017-2018

0,10

0,10

2018-2019

0,10

0,10

2019-2020

0,10

0,10

2020-2021

0,10

0,10

En este segundo tramo, la "cuota de producción" será de 0,10 euros y la "cuota de elaboración" de otros 0,10 euros y solamente se aplicarán a las canales de los cerdos sacrificados como ibéricos que cumplan con los pesos mínimos establecidos en la Norma de Calidad y alguna/s o todas sus piezas se hayan identificado con los precintos que establece el RD 4/2014, precintos de Norma de Calidad y/o precintos de las Denominaciones de Origen. Los cerdos sacrificados como ibéricos cuyas canales no cumplan los pesos mínimos establecidos en la Norma de calidad, estarán exentos del pago de este segundo tramo.

En todo caso, los cerdos que no tengan un documento con la información referente a su Raza, Edad y Alimentación (o Informe REA) emitido por alguna de las Entidades habilitadas para ello en el marco de la Norma de Calidad del Ibérico, no estarán sujetos al pago de ninguno de los tramos de la cuota, ni sus piezas podrán identificarse y etiquetarse como ibérico.

Los mataderos de cerdos ibéricos tendrán la función de:

a) Informadores en el sistema informático del sector, ITACA, de los cerdos sacrificados como ibéricos, así como de las canales cuyas piezas hayan sido identificadas con precintos de Norma de Calidad y/o precintos de Denominación de Origen, y

b) Recaudadores de las cuotas que establece esta extensión de norma. Los mataderos de servicios no tendrán que abonar la cuota de elaboración. Los mataderos que estén integrados con actividades de transformación o elaboración, asumirán la cuota de elaboración correspondiente.

Los mataderos deberán, diariamente en el sistema informático del sector (ITACA), cerrar los informes de sacrificio con la trazabilidad de los animales sacrificados como ibéricos.

Toda la información generada como consecuencia de la extensión de norma será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal para su tratamiento.

Los recursos generados por las aportaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/1994, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, solo podrán destinarse para los fines establecidos en esta extensión de norma. Se destinará, un 38% de los recursos a la promoción e información de los productos ibéricos, otro 37% de los recursos para mejorar la trazabilidad y la calidad de las producciones y coadyuvar el cumplimiento de la Norma de Calidad, un 10% para apoyar la I+D+i, un 5% para la obtención de datos del sector y el 10% restante, a establecer el sistema para la gestión y el control del cumplimiento de la extensión de norma

Objetivo

% Recursos

Promoción e información de los productos ibéricos

38

Mejora de trazabilidad y calidad de los productos ibéricos y coadyuvar al cumplimiento de la Norma de Calidad

37

I+D+i

10

Datos del Sector

5

Gestión y seguimiento EN

10

Las organizaciones integrantes de ASICI tendrán la obligación de colaborar en la puesta en marcha y desarrollo de esta extensión de norma entre sus asociados y facilitarán a la Interprofesional el apoyo necesario para informar sobre su implantación y/o desarrollo, así como para la resolución de posibles incidencias.

Procedimiento de facturación, recaudación y pago de las aportaciones.

Facturación y recaudación

Los mataderos facturarán a quien se consignen los animales la aportación económica total (las "cuotas de producción" y las "cuotas de elaboración"), siendo la industria de destino, o el consignatario de los animales sacrificados, responsable de recuperar las "cuotas de producción".

Los mataderos deberán, diariamente, comunicar a ITACA los informes de sacrificio de cada uno de los lotes de animales sacrificados como ibéricos, que incluirán al menos, el número de animales con su trazabilidad, así como del número las canales cuyas piezas identificaron con precintos de Norma de Calidad y/o precintos de Denominación de Origen.

ASICI, mensualmente, emitirá factura-proforma a los mataderos con las cuotas correspondientes a los animales informados en ITACA sacrificados como ibérico y a las canales cuyas piezas identificaron con precintos de Norma de Calidad y/o precintos de Denominación de Origen. Los mataderos, en la quincena siguiente a la recepción de la factura proforma, deberán validar la información de las cuotas recaudadas. ASICI, en la quincena siguiente emitirá factura a los mataderos por los importes de las cuotas recaudadas que hayan validado.

Las cuotas del caso 1 y del caso 2 no recaudadas por los mataderos deberán ser informadas a ASICI indicando el motivo, así como el consignatario de las canales. ASICI no facturará dichas cuotas al matadero.

Los modelos o textos justificativos de las facturas o retenciones derivados del Sistema de extensión de norma recogerán expresamente la finalidad y el destino de las mismas, indicando como mínimo, y según corresponda, el concepto de aportación o retención para la extensión de norma de ASICI, el número de Orden, número de Boletín Oficial del Estado y fecha de publicación de la misma.

Pago de las cuotas.

El pago de las cuotas se realizará a ASICI al mes siguiente de la emisión de la factura por ASICI. Si por causas justificadas no se hubieran podido pagar las cuotas en el plazo mencionado, se podrá iniciar un trámite de subsanación para realizar dichos pagos.

Las cuotas no recaudadas por los mataderos deberán ser informadas a ASICI indicando el motivo así como el consignatario que no las pagó. ASICI no facturará dichas cuotas al matadero y reclamará su pago al consignatario.

Forma de pago.

Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria de los mataderos a la cuenta corriente dispuesta por ASICI a tal efecto para esta extensión de norma.

Prórroga de la extensión de norma y régimen de los recursos financieros.

Si, transcurrido el periodo de vigencia de vigencia de esta extensión de norma, existiese un remanente de recursos procedentes de las aportaciones, podrán destinarse a financiar las actividades de la Interprofesional que se recojan en una nueva extensión de norma con los mismos objetivos.

Únicamente en caso de que no se produzca ninguno de los supuestos anteriores, se procederá a la liquidación del remanente, devolviéndolo proporcionalmente a las cantidades aportadas en la campaña, una vez queden liquidadas y finiquitadas todas las obligaciones de la Interprofesional.

La Asamblea faculta al Presidente y a la Junta Directiva para que proceda a realizar las acciones pertinentes ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para tramitar la solicitud de dicha extensión de norma."

Anexo II

Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica presentado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico.

Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Pza. de España, Sector 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza Plaza del Pilar, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Oviedo – Plaza España, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palma de Mallorca – C/ Felicia Fuster, 7; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas – Explanada de Tomás Quevedo, s/n - Edif. Oeste; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Santander – Calvo Sotelo, 25, 4.º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid Francesco Scrimieri, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo – Plza. Zocodover, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona – Bergara, 12 - 2.ª planta; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz - Avda. Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña, C/ San Andrés, 162 - 3.ª planta; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Melilla – Avda. Marina Española, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia - Avda. Alfonso X El Sabio, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Pamplona – Plaza de las Merindades, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Vitoria – C/ Olaguibel, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Logroño, C/ Muro de la Mata, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valencia - C/ Joaquín Ballester, 39 - 9.ª, Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria - Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente - P.º Infanta Isabel, 1 - Madrid, (sgcadena@magrama.es).

Madrid, 31 de marzo de 2016.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.

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