Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 581/11 en el que figura como concursado Jaime Gorrotxategui González de Langarica, con DNI 30.565.823-L, se ha dictado el 5 de febrero de 2016, auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber concluido las operaciones de liquidación.
Segundo.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.
Tercero.- Se declara que el deudor Jaime Gorrotxategui Gonzalez de Langarica queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.
Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.
Cuarto.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros de la Propiedad en los que se inscribió dicha declaración.
Quinto.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
Sexto.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
Séptimo.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.
Octavo.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Noveno.- Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao, 5 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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