EDICTO
Cédula de notificación
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se Hace Saber que en el procedimiento concursal 25/11, seguido a instancia del procurador doña Patricia Suarez de Tangil Palomino, en nombre y representación de Betancuria S.A.U. con Cif n.º A35043892 se ha dictado auto el 26/01/2015 en cuya parte dispositiva contan entre otros los siguientes extremos:
Se declara la Conclusión del concurso de la mercantil Betancuria S.A.U. por inexistencia de bienes (176 BIS LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica (Betancuria S.A.U.) y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores, de coformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 27 de enero de 2015.- Secretario Judicial.
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