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Documento BOE-B-2015-36683

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 7 de diciembre de 2015, páginas 50960 a 50960 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36683

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000545/2012 habiéndose dictado en fecha 25 de Noviembre de 2015 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Se decreta la conclusión del concurso abreviado, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000545/2012, promovido por la Procurador Sr/a Mallea Catalá, Alberto, en nombre y representación de la mercantil Cooperativa Agricola De Barxeta Coop V, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Francisco Javier Garrigues Lluch, con DNI n.º 19875375V, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la Mercantil Cooperativa Agrícolo de Barxeta Coop V, con C.I.F. F-46073888, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 17 de septiembre de 2015.

Valencia, 25 de noviembre de 2015.- El/La Letrado/a Admon Justicia.

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