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Documento BOE-B-2015-22323

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2015, páginas 30969 a 30969 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-22323

TEXTO

D. Enrique Calvo Vergara, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 562/2014, por auto de 28 de mayo de 2015 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor PARQUES TECNOLÓGICOS Y LOGÍSTICOS DEL CORREDOR, S.A., con C.I.F.: A-78470671, cuyo domicilio social lo tiene en Madrid, en la calle Gran Vía, 15-1.º, Oficinas 1-3.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.

Lugar para tal comunicación:

1.- Por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de Parques Tecnológicos y Logísticos del Corredor S.A., dirección: C/ Serrano, 59, 5.º-Izq., 28006 Madrid. A/A: D. Gregorio Fraile Bartolomé. Tel: 911 400 000/Fax: 911 400 001.

2.- También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos: Dirección de correo electrónico: gregorio.fraile@serrano59abogados.com

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

5º.- Se acuerda la apertura de la Sección de Liquidación a propia instancia del deudor concursado.

Se acuerda la disolución social de PARQUES TECNOLÓGICOS Y LOGÍSTICOS DEL CORREDOR, S.A., cuya liquidación en los aspectos patrimoniales se realizará en el seno del concurso.

Se acuerda el cese de los administradores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Se declara el vencimiento anticipado de todos los créditos y su conversión en dinero, sin perjuicio de los descuentos que pudiera haber lugar.

Deberá la Administración Concursal presentar propuesta del plan de liquidación en los términos del art. 148 LC, junto con el informe del art. 75 LC.

Madrid, 9 de junio de 2015.- Secretario Judicial.

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