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Documento BOE-B-2014-24015

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 5 de julio de 2014, páginas 32199 a 32199 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-24015

TEXTO

Edicto

Don LUIS MARUGÁN CID, Secretario Judicial de JDO.de lo MERCANTIL de AVILA, por el presente, HAGO SABER:

1.º Que en SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000227 /2014, N.I.G.: 05019 41 1 2014 0022318, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 04/06/2014, auto de declaración de concurso voluntario de COOPERATIVA AGRICOLA Y DE GESTION DE MADRIGAL SDAD. COOP. L., con CIF n.º F-05166574, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Madrigal de las Altas Torres (Ávila), Camino del Barrojo s/n.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: letrado Don José Miguel Gómez Blázquez.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: C/ Dr. Jesús Galán, 5 1.º 3 05002 Ávila.

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: jmgb-abogado@ono.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Avila, 13 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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