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Documento BOE-B-2014-22060

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 20 de junio de 2014, páginas 29504 a 29504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22060

TEXTO

Edicto.

Doña ESTHER SAEZ BENITO JIMÉNEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario n.º 59/2013 instado por la procurador ANTONIO RAFAEL RODRÍGUEZ MUÑOZ referente al deudor PUBLICIDAD GISBERT, S.A., con fecha 23 de abril de 2014 se ha dictado auto abriendo liquidación.

El referido auto en su parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la mercantil "PUBLICIDAD GISBERT, S.A.".

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Se declara disuelta la entidad "PUBLICIDAD GISBERT, S.A.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, de la liquidación de la tasa judicial.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Madrid, 23 de abril de 2014.- Secretaria judicial.

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