Doña Soledad Pardo González, Notario de Jerez de la Frontera y del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, hago saber:
Primero.- Que en mi Notaría se tramita, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancia de "Banco Español de Crédito, S.A.", procedimiento de ejecución extrajudicial que tiene por objeto la siguiente finca: Urbana. Número diecisiete. Vivienda en Jerez de la Frontera, derecha, en planta cuarta señalada con la letra B, tipo L, en el bloque número cincuenta y nueve del Polígono San Telmo. Linda, derecha e izquierda, entrando en ella, con zona verde, y fondo, con la vivienda izquierda de dicha planta, del bloque número 58, de este mismo conjunto. Se compone de salón-estar-comedor, cuatro dormitorios, cocina y cuarto de baño. Mide 79,98 metros cuadrados. Cuota. 3,30%. Inscripción. En el Registro de la Propiedad número 3 de los de Jerez de la Frontera, al tomo 1935, libro 915, folio 49, finca 11824, inscripción 5.ª, Idufir 11020000186500. Referencia catastral. 6627402QA5662F0008HX. Tipo de subasta. 121.537,52 euros.
Segundo.- Que una vez cumplido lo dispuesto en los artículos 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario, se va a proceder a la subasta de la finca.
Tercero.- Que la única subasta se llevará a cabo en mi despacho, en calle Porvera, 3, 1.ª planta, el próximo día 25 de abril de 2013, a las 12:00 horas, siendo el tipo que servirá de base a la misma el que figura al final de su descripción, haciéndose constar: 1.º Que la documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) podrán consultarse en este despacho notarial; 2.º Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; 3.º Y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuaran subsistentes.
Cuarto.- Los postores deberán consignar previamente en la notaría para la subasta el 30% del tipo correspondiente.
Quinto.- La subasta se efectuará en la forma en que determina el Reglamento Hipotecario y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.
Jerez de la Frontera, 25 de febrero de 2013.- Notario.
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