Don Tomas Agustín Martínez Fernández, Notario de Siero, con domicilio en Pola de Siero, con despacho en calle Marquesa de Canillejas, número 25-1.º A, hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, número de expediente 1.937/2.012, con relación, entre otras, a la siguiente finca:
Finca sita en La Barreda, parroquia de Hevia, Concejo de Siero:
Urbana.- Predio número dos.- Nave 2, destinada a usos industriales, compuesta de plantas baja y primera, sita en La Barreda, parroquia de Hevia, Concejo de Siero; ocupa una superficie construida en planta baja de setecientos cuarenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados, y se destina a zona de trabajo; y la planta primera, se destina a oficinas, y ocupa una superficie construida de setenta y seis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Las dos plantas se comunican interiormente a través de escalera. La edificación linda: Norte, con resto de finca sin edificar; Sur, con nave 11; Este, con naves 33 y 12; y Oeste, con naves 1 y 10.
Cuota.- Le corresponde una cuota de participación en cuanto al valor total del inmueble, elementos y gastos comunes, de cinco enteros setenta y cuatro centésimas por ciento (5,74%).
Inscrita en el registro de la propiedad de Pola de Siero al tomo 1209, libro 1025, folio 8, finca 102.363.
Las condiciones para la subasta son las siguientes:
Se celebrará en mi Notaría. La primera subasta a las diez horas del día 28 de Junio de 2.013, siendo el tipo base el fijado en la escritura de constitución, esto es, la cantidad de seiscientos cuarenta y siete mil novecientos dieciséis euros con treinta y seis céntimos (647.916,36 euros), de no haber postor o resultare fallida ésta, se celebrará segunda subasta a las diez horas del día 29 de Julio de 2.013, cuyo tipo será el 75% de la primera; y en el caso de que resultare fallida también la segunda subasta, se celebrará una tercera a las diez horas del día 26 de Septiembre de 2.013, cuyo tipo no será inferior al 50% del valor de tasación, o que no cubra la totalidad de la deuda; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 11 de Octubre de 2.013.
Las subastas se efectuarán en la forma en que determina el art 12 del Real Decreto-ley 6/2.012, de 9 de Marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible con el mismo, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.
Advertencias.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los arts 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría en horario de oficina; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. De existir cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaria una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera un 20% del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Pola de Siero, 15 de abril de 2013.- El Notario de Pola de Siero.
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