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Documento BOE-B-2012-9976

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2012, páginas 13418 a 13418 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-9976

TEXTO

Edicto.

Cedula de notificación.

Doña Francisca María Reus Barceló, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 004 de Palma de Mallorca,

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 0000649 /2009 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña María Mateu Bennasar contra la empresa Kivemu, Sociedad Limitada, sobre Ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Dña. María Mateu Bennasar contra la empresa Kivemu, Sociedad Limitada, y el Fondo de Garantía Salarial condenando a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 5.758,94 euros más el recargo por mora establecido en el art. 29.3 ET, así como desde la fecha de la presente resolución y hasta el completo pago de la cantidad objeto de condena, el interés legal establecido en el Art. 576 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de las responsabilidades legales que puedan corresponderle.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Kivemu, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

La Secretaria Judicial.

Palma de Mallorca, 14 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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