Doña Eva María Carbajo Álvarez, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cangas de Morrazo.
Doy fe y testimonio:
"Condeno a Marius Iosif como autor penalmente responsable de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de seis euros, y a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como al pago de las costas procesales. Asimismo condeno a Marius Iosif a pagar a Gumersindo Rodríguez Pérez la cantidad de 57,61 euros. Dedúzcasa testimonio por la comisión de un posible ilícito de falsedad.
Notifíquese esta sentencia al Ministerio Fiscal y a las partes, con expresión de que no es firme y que contra ella cabe resurso de apelación, que deberá interponerse dentro del plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de la misma y del que conocerá la Audiencia Provincial de Pontevedra.
Expida el Secretario Judicial las copias y testimonios precisos de esta resolución y llévese el original de la misma al libro de sentencias, que, de conformidad con el artículo 265 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se custodia en este Juzgado; únase testimonio a los autos originales.
Así, por esta sentecia, lo pronuncio, mando y firmo".
Y para que sirva de notificación en forma a Marius Iosif, expido y firmo la presente para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Cangas, 28 de enero de 2011.- Secretaria Judicial.
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