Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden ministerial especificada:
"Prestar conformidad a los planos a escala 1:1.000, n.º 2-3 (hoja 16-48) y 2-4 (hoja 16-47), fechados en noviembre de 2003, n.º 2-1 (hoja 17-48), fechado en febrero de 2005, y n.º 2-6 (hoja 14-47), fechado en mayo de 2010, en los que se recoge la modificación de la anchura de la zona de servidumbre, en el sentido de ampliar la misma hasta los 100 metros, entre los vértices M-1 a M-20 y M-24 a M-57 y hasta el límite del suelo urbano entre los vértices M-20 a M-24 y M-176 a M-179, del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos cuatro mil ciento diecisiete (4.117) metros de longitud que comprende la margen izquierda de la ría de Urdaibai, desde el límite con el término municipal de Busturia, en las proximidades de Urkizuri, hasta el límite con el término municipal de Mundaka, en la ensenada de Portuondo, incluidas las islas de San Dinderi y Txatxarramendi, en los términos municipales de Sukarrieta y Busturia (Vizcaya), aprobado mediante O.M. de 25 de octubre de 2001.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."
Madrid, 30 de junio de 2011.- El Subdirector general de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.
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