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Documento BOE-B-2011-14435

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2011, páginas 47977 a 47977 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-14435

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000020/2009, seguido a instancias del Procurador/a Doña Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de Habitaciones Canarias, S.L., con CIF B-35341692, se ha dictado Sentencia el día 15 de abril de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Que debo aprobar y apruebo la Propuesta de convenio de Habitaciones Canarias, S.L., presentada el 19 de noviembre de 2010, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma.

Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, las publicaciones serán gratuitas.

Los administradores concursales cesan en virtud de esta resolución y rendirán cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.

Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no es firme y cabe interponer recurso de apelación contra ella del que conocería la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas. El convenio adquirirá plena eficacia desde la fecha de la sentencia de su aprobación, salvo que, recurrida ésta, quede afectado por las consecuencias del acuerdo de suspensión que, en su caso, adopte el juez conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 197 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en la Sentencia dictada, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 23 y 24 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas Gran Canaria, 15 de abril de 2011.- Secretaria Judicial.

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